Acuerdo con socios de negocio

Introducción

Como parte de la Implementación y mantenimiento de un Sistema de Gestión Antisoborno en conformidad con los principios y directrices de norma ISO 37001:2016, B Drive IT (en adelante La Organización ) incluye a sus Socios de Negocio a fin de garantizar que estos conozcan y se comprometan en la ejecución del Sistema de Gestión Antisoborno promoviendo la integridad, transparencia y ética en todas sus operaciones comerciales y a prevenir soborno en cualquier forma.

Objetivo

Dar a conocer a los Socios de Negocio como participan en la implementación del Sistema de Gestión de Antisoborno de La Organización .

Componentes del Sistema de Gestión Antisoborno

B Drive IT S.A. de C.V. (en adelante La Organización) se compromete a mantener una posición de cero tolerancias ante la presencia del soborno en cualquiera de sus formas.

La Alta Dirección de la Organización establece la presente Política Antisoborno, así como su compromiso para que sea conocida por todo el personal que presta sus servicios en la organización, áreas funcionales, así como la interacción entre los servicios que ofrece a clientes, proveedores, gobierno corporativo y socios de negocios. Asimismo, el Órgano de Control se compromete a mantener su vigilancia, operación, evaluación y actualización para que ésta sea cumplida.

Para el personal de La Organización y partes interesadas se establece como política que el desempeño de funciones de nuestros colaboradores y colaboradoras es bajo una cultura de legalidad, honestidad, lealtad, veracidad, integridad y transparencia, quedando establecido que en La Organización no se acepta ninguna práctica de soborno en cualquiera de las formas que se pueda presentar: hacia y/o entre el personal, áreas funcionales, con clientes, proveedores, gobierno corporativo, servidores, funcionarios públicos y socios de negocio, por lo que responsabilizamos a todos los antes mencionados al mismo compromiso y comportamiento.

Esta política antisoborno es aplicable al personal, áreas funcionales, con clientes, proveedores, gobierno corporativo, servidores y funcionarios públicos, y socios de negocio de La Organización. A fin de contribuir y promover el cumplimiento de esta política, se implementó un Sistema de Gestión Antisoborno bajo la norma ISO 37001:2016, la cual establece medidas para identificar y evaluar riesgos, que ayuden a prevenir y mitigar, así como emitir sanciones cuando éste se presente.

Se debe contribuir a la Política Antisoborno a través de las siguientes acciones:

- Apego a los procedimientos y controles definidos en el Sistema de Gestión Antisoborno (SGA).
- Cumpliendo con la normativa interna, externa y legislación aplicable.
- Denunciando cualquier sospecha de soborno o violación al SGA.
- Promoviendo nuestros principios y una cultura de transparencia y ética en las operaciones de la organización.
- Promoviendo y participando en la capacitación del SGA.
- Haciendo participes de cumplimiento de la política antisoborno a socios de negocios, proveedores, clientes y cualquier parte interesada que se relacione con La Organización.
- Comprometiéndose a fortalecer la efectividad del Sistema de Gestión Antisoborno de la Organización, compartiendo aportaciones para la mejora continua del sistema.
- Asegurar, que en caso de tomar decisiones o delegar autoridad, esto no genere un conflicto de interés y se deje registro de quien retoma.

En caso de que algún miembro de la organización no sienta que este principio es respetado, se le exhorta reportar sus preocupaciones a la o las personas encargadas para prevenir atender y sancionar las prácticas de soborno y dar una pronta resolución.

La Organización cuenta con medios por los cuales se puede brindar y/o solicitar información, expresar inquietudes, quejas y denuncias de soborno y/o corrupción, las cuales serán atendidas por un Órgano de Control, el tratamiento que se dará desde la presentación de la queja o denuncia hasta la terminación del mismo, debe ceñirse a la más estricta reserva y protección de los datos personales, en términos de la legislación vigente.

La queja o denuncia deberá presentar por escrito a través del siguiente link “Buzón S.O.S.” o el QR, donde deberá llenarse el formulario que aparece, escribiendo:

- Descripción del caso o situación que constituyeron el caso de soborno o corrupción, describiendo, en qué momento, en qué lugar y cómo sucedieron; para el caso de denuncia, se señalará el nombre completo de la persona denunciante, en qué momento, en qué lugar y cómo se enteró de lo sucedido, pudiendo solicitar que se mantenga en reserva su identidad.
- Pude adjuntar la evidencia y/o pruebas relacionadas con los hechos.
- Correo electrónico.

Podrá presentar una queja la persona que considere corrupción, soborno o que tengan conocimiento directo de hechos posiblemente constitutivos de un caso de cualquiera de los temas mencionados. Durante el procedimiento, las partes podrán ofrecer como elementos de prueba: documentos, testimonios o cualesquiera otros que consideren deban ser valorados por el Órgano de Control, y le permitan conocer y resolver los hechos que se someten a su consideración.

La Organización en su compromiso para implementar, mantener y mejorar el Sistema de Gestión Antisoborno ha establecido diferentes tipos de controles en la ejecución de sus procesos con apego a la norma ISO 37001:2016, con la finalidad de disminuir la posibilidad de soborno y/o corrupción dentro y fuera de La Organización .

- Órgano de Control: Asegurar el cumplimiento de los requisitos definidos en la norma ISO 37001, cerciorando el cumplimiento de las responsabilidades para garantizar la conformidad de la normatividad externa e interna aplicable y realizar acciones para la mejora continua de las prácticas.
- Controles financieros y no financieros: Controles que permiten asegurar que las transacciones entre Clientes, Proveedores y La Organización sean validadas y autorizadas previo a su ejecución.
- Debida diligencia : Investigación previa la firma de un contrato para evaluar con mayor detalle la naturaleza y alcance de posibles riesgos a fin de tomar decisiones con relación a transacciones, proyectos, actividades, Socios de Negocio, etc.
- Contratación de personal : Mecanismos de control, prevención y mitigación de conductas delictivas, de corrupción y orientadas al soborno dentro del proceso de selección y contratación de La Organización.
- Capacitación : Brindar capacitación regular a los colaboradores y colaboradoras sobre la Política Antisoborno y la importancia de prevenir el soborno en todas las operaciones comerciales.
- Auditoría : Realizar a auditorías periódicas para evaluar la efectividad de las medidas implementadas para prevenir el soborno y asegurar el cumplimiento del Sistema de Gestión Antisoborno.

Mediante este documento, se espera que los Socios de Negocio:

- Conozca el Sistema de Gestión Antisoborno, así como de sus componentes, para que de esta manera sus prácticas se apeguen a los controles que se tienen establecidos en La Organización en contra del soborno o intento de soborno en cualquiera de sus prácticas.
- En caso de que algún Socio de Negocio cuente con controles antisoborno propios, se llegue al mejor acuerdo para que los controles antisoborno de ambas empresas sean complementarios y no contradictorios.
- Que los Socios de Negocio se comprometen a la implementación de controles antisoborno que favorezcan a un ambiente libre de corrupción dentro y fuera de la empresa y que no representen riesgo alguno para La Organización.
- Que los Socios de Negocio se comprometan a apegarse al Sistema de Gestión Antisoborno y asegurar que todo el recurso humano de su representada que esté asignado a trabajos relacionados con La Organización se apegará a lo solicitado dentro del rol de Socio de Negocio descrito en dicho sistema.
- Que el Socio de Negocio este por entendido que cualquier queja o denuncia de un evento de soborno que lo involucre y resulte cierta después de la debida investigación, ocasionará una revisión de los acuerdos contractuales que se tengan, en específico, a las cláusulas relacionadas con la “Rescisión del Contrato”.

Ambas partes reconocen su compromiso con la integridad y la ética empresarial, y trabajan en conjunto para prevenir el soborno y promover prácticas comerciales justas y transparentes.